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El magistrado Joaquín Delgado se aparta del tribunal del primer juicio por 'Lezo' tras una recusación del PSOE

La AN le sacó del tribunal que juzgará a Camps por 'Gürtel' por ser un ex alto cargo del PP

MADRID, 2 (EUROPA PRESS)

El magistrado Joaquín Delgado se ha apartado del tribunal conformado por la Audiencia Nacional (AN) para juzgar la primera pieza de la macrocausa 'Lezo' que llega a la vista oral, la relativa a la compra de la sociedad colombiana Inassa por parte del Canal de Isabel II (CYII) en el año 2001, tras una petición del PSOE por su "conexión" con el Partido Popular.

Las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press indican que Delgado ha aceptado el incidente de recusación formulado por la acusación popular que ejerce el PSOE en un escrito del pasado 20 de julio donde alegaba que la trayectoria profesional del magistrado "provoca serias dudas respecto a la apariencia de imparcialidad del mismo en este procedimiento".

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Así, recordaba que se juzgarán presuntas ilegalidades "bajo la administración pública del Partido Popular que gobernaba en la fecha de los hechos la Comunidad de Madrid" y que Delgado ha ocupado "altos cargos" en el Ministerio de Justicia cuando lo dirigían José María Michavila y Rafael Catalá y "la máxima responsabilidad en temas de justicia en el PP".

La acusación socialista hacía hincapié en que "su cese en dicho Ministerio como director general de Modernización de la Justicia se produce como consecuencia del cambio de Gobierno y no por un proceso electoral", por la moción de censura contra el Gobierno de Mariano Rajoy.

"El que la llegada al Gobierno del partido socialista haya sido la causa directa del cese del magistrado del puesto de trabajo de más alto rango dentro de la administración de justicia ostentado por el ponente hasta la fecha afecta claramente a su apariencia de imparcialidad", argumentaba el PSOE.

Cabe recordar que la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ya aceptó el pasado mes de julio por unanimidad la petición socialista --apoyada por la Fiscalía-- de apartar a Delgado del tribunal que juzgará al ex presidente valenciano Francisco Camps por la pieza 'Orange Market' del caso 'Gürtel'.

El Pleno apreció entonces que en el caso de Delgado concurren las circunstancias descritas por el artículo 351.f de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), conforme al cual los jueces que "sean nombrados para cargo político" al volver a sus puestos deberán abstenerse, o podrán ser recusados, de intervenir en asuntos en los que sean parte partidos políticos o "aquellos de sus integrantes que ostenten o hayan ostentado cargo público".

LA COMPRA DE INASSA

La Sala de lo Penal de la AN ha habilitado un total de 20 sesiones, entre el 24 de mayo y el 27 de junio, para acoger la vista oral por esta pieza separada número 1 de 'Lezo', la primera que llega a juicio.

El titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6, Manuel García Castellón, envió a juicio a un total de 22 personas, entre los que destacan los ex consejeros madrileños Pedro Calvo y Juan Bravo, antiguos colaboradores del que fuera alcalde de Madrid y presidente regional Alberto Ruiz-Gallardón.

Para ellos, la Fiscalía Anticorrupción reclama una condena a 7 años de prisión y 15 de inhabilitación absoluta por un delito de malversación de caudales públicos en concurso con un delito de prevaricación.

El Ministerio Público interesa para los otros 20 procesados, todos ellos técnicos y ex consejeros de la empresa pública de aguas, así como gestores e intermediarios en la operación, condenas de entre 6 y 7 años de prisión y de entre 12 y 15 años de inhabilitación absoluta por los mismos delitos.

Además, en concepto de responsabilidad civil, el Ministerio Fiscal pide que los 22 procesados indemnicen al Canal de Isabel II de forma conjunta y solidaria con el "sobreprecio pagado por la adquisición" de la sociedad panameña a través de la cual el Canal de Isabel II compró Inassa, lo cual asciende a algo más de 19 millones de euros, "sin perjuicio de la cantidad mayor que pueda fijarse en el trámite de conclusiones definitivas".

Durante la fase de instrucción, García Castellón archivó la investigación que se venía siguiendo contra Ruiz-Gallardón, a pesar de que cuando se compró Inassa él era el presidente de la Comunidad de Madrid. También exculpó al ex presidente madrileño Ignacio González, principal imputado en otras piezas separadas de 'Lezo', ya que aún no había llegado a la Presidencia del Canal de Isabel II cuando se cerró la adquisición de la empresa colombiana.

A TRAVÉS DE UNA SOCIEDAD PANAMEÑA

Según Anticorrupción, el Canal de Isabel II compró Inassa por 73 millones de dólares a través de una sociedad radicada en Panamá --Aguas de América (SAA)-- como parte de la "expansión internacional" que la empresa pública inició en 2001 en Colombia mediante la adquisición del 75% de Inassa.

Para ello, el Canal de Isabel II "utilizó una sociedad vehículo de nueva creación" llamada Canal Extensia, participada en un 75% por la empresa madrileña y en un 25% por la mercantil valenciana Técnicas Valencianas del Agua. La adquisición estaba sometida a la previa autorización, primero, del consejo de administración del CYII y, después, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Desde su creación en el año 1996, Inassa pertenecía a la sociedad Aguas de Barcelona (Agbar) y a distintos socios locales colombianos. Su principal activo era la sociedad también colombiana Acueducto, Alcantarillado y Aseo de Barranquilla (Triple A), que se nutría de los ingresos obtenidos por la prestación del servicio de concesión municipal que le fue otorgada por el Ayuntamiento de Barranquilla.

Para la Fiscalía, la compra de Inassa estuvo "plagada de ilicitudes y, contrariamente a lo autorizado, se realizó de manera indirecta", pues lo que realmente se compró fue la sociedad panameña Aguas de América, entre cuyos activos se encontraba el 75% de Inassa y el 51% de la sociedad dominicana Watco.

El resultado habría sido "un desvío de los fondos públicos destinados a su pago debido, principalmente, al sobreprecio abonado y a la inclusión dentro de su objeto de activos no autorizados ni valorados que no redundaron en ningún beneficio" para la Comunidad de Madrid.

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