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Justicia de Guatemala incumple fallo Corte Interamericana para beneficiar a 3 militares condenados

CIUDAD DE GUATEMALA (AP) — Una sala de apelaciones de Guatemala desobedeció el viernes un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos al ordenar la liberación de tres exmilitares de alto rango condenados por crímenes de lesa humanidad, pese al criterio de la justicia interamericano de rechazar su excarcelacimiento. Es la primera vez que en Guatemala se incumple un fallo de la Corte IDH sobre salida de prisión de condenados de crímenes graves.

No es la primera vez que el Estado guatemalteco incumple sentencias de la Corte Interamericana -hasta en 14 ocasiones ha sido condenado por ello-, pero sí es el primer caso en que lo hace en temas relacionados con excarcelación de personas ya sentenciadas. De hecho, la condena a los tres militares de este proceso se concretó precisamente luego de que la misma Corte IDH condenara en 2004 al país centroamericano por falta de justicia durante décadas a la familia Molina Theissen.

Los militares beneficiados por la decisión de la sala de apelaciones son Francisco Luis Gordillo Martínez, Manuel Antonio Callejas y Callejas y Manuel Benedicto Lucas García, quienes fueron condenados en 2018 a penas entre 33 y 58 años de prisión por delitos contra los deberes de humanidad, desaparición forzada y violación con agravación de la pena contra el niño Marco Antonio y su hermana Emma Guadalupe Molina Theissen.

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A pesar de la decisión reciente de liberarlos, los condenados no pueden salir de prisión pues enfrentan otros dos procesos distintos, por delitos de genocidio y desaparición forzada, donde también se les ha ordenado prisión.

El primer pronunciamiento a favor de los uniformados condenados vino de la Corte de Constitucionalidad guatemalteca, que ordenó beneficiarles con arresto domiciliar como alternativa a la prisión por problemas de salud y edad avanzada. Ante esa resolución, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, de mayor jerarquía que los tribunales nacionales, se pronunció para desactivar la ejecución del fallo hasta que revisaran la situación.

Se frenó la orden de liberación bajo el argumento de “prevenir un daño irreparable al derecho de acceso a la justicia de las víctimas Molina Thiessen”, según dijo el tribunal interamericano.

Y aunque la sala de apelaciones acató inicialmente ese pronunciamiento y retuvo la excarcelación, rectificó su decisión después de que la Corte Suprema de Justicia guatemalteca -pese a seguir siendo de menor jerarquía que la Corte Interamericana- presionara a la sala para que aplicara el fallo constitucional que beneficiaba a los condenados. De lo contrario, los jueces de apelaciones serían sancionados.

Jovita Tzul, abogada de la familia Molina Thiessen rechazó la decisión final de sala de apelaciones por ser “una resolución lamentable, que genera retrocesos graves en materia de derechos humanos”. Recordó que los condenados no obtendrán su libertad de forma inmediata dados los demás procesos pendientes.

Según la defensora, la posición de la Corte Suprema de forzar la liberación de los tres militares sentenciados "genera responsabilidades al Estado de Guatemala y a los magistrados”.

Las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos son de obligado cumplimiento para los países que integran el sistema de justicia regional. Guatemala ratificó la Convención Americana sobre Derechos Humanos el 27 de abril de 1978, que creó y estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos en 1979 y aceptó su jurisdicción contenciosa el 9 de marzo de 1987. En la constitución guatemalteca se da prevalencia al Derecho internacional frente al interno.

El rol de la Corte Interamericana es ser un tribunal regional autónomo de protección a los derechos humanos, que aplica e interpreta la Convención Americana. Resuelve demandas y supervisa el cumplimiento de sus fallos, pero también ordena proteger, cuando así lo amerita, a personas en situación de vulnerabilidad.

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