BRUSELAS, 27 (EUROPA PRESS)
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En concreto, el Consejo introducirá excepciones en la congelación de activos que el bloque aplica a personas o entidades en Bosnia y Herzegovina, Burundi, Guinea, Líbano, Birmania, Nicaragua, Túnez, Venezuela, Zimbabue y en el marco específico contra ciberataques.
Así, los considerados actores humanitarios por la resolución 2664 (2022) del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas y las agencias y otras organizaciones certificadas como socios humanitarios de la UE podrán realizar transacciones financieras con personas o entidades que figuren en la lista de sancionados si el objetivo es asegurar la asistencia humanitaria en poblaciones vulnerables.
Los Veintisiete revisarán "periódicamente" las excepciones acordadas para evaluar su adecuación y actuar para reajustarlas en el futuro si fuera necesario.
La Unión Europea considera que esta flexibilidad en las medidas restrictivas adoptadas por el bloque --en línea con Naciones Unidas u otros socios internacionales-- salvaguarda la acción humanitaria ofrecida por actores "imparciales".
Además, defiende que con esta decisión se envía un claro mensaje a los operadores humanitarios y actores económicos respecto a que la política de sanciones comunitarias "no obstaculizará" la prestación de asistencia humanitaria.