MADRID, 19 (EUROPA PRESS)
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El ente público ha compartido estos datos ante la información difundida recientemente sobre el intercambio de energía entre Colombia y Ecuador. Así, las cosas, el Ministerio ha aclarado que dichos intercambios corresponden exclusivamente a operaciones de la red para efectos de mantener la seguridad de la interconexión.
Asimismo, ha especificado que se trata de cumplir las condiciones establecidas en la Decisión 816 de la Comunidad Andina de Naciones, siendo parte de la activación de las Transacciones Internacionales de Electricidad (TIE).
"Esta condición se da por la activación automática del mecanismo TIE en sentido Ecuador hacia Colombia o para mantener condiciones operativas de la interconexión, no por solicitud o necesidad expresa", ha argumentado.