MADRID, 21 (EUROPA PRESS)
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Los magistrados Julián Sánchez Melgar, Andrés Palomo y Eduardo de Porres han desestimado así los recursos presentados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado al considerar que el delito investigado lo permite, la investigación era necesaria y el registro era el único medio posible.
Tanto Abogacía como Fiscalía denunciaban una vulneración de derechos fundamentales que conllevarían la nulidad de ese registro y del efectuado ese mismo 30 de octubre en el despacho de la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.
La Fiscalía defendía que ambos registros eran nulos y que todo lo hallado en ellos no debería tenerse en consideración en la investigación. A su juicio, los autos de entrada y registro "no contienen razonamiento alguno para justificar la idoneidad, necesidad y proporcionalidad de las medidas acordadas".
Además de pronunciarse por escrito en su recurso, la teniente fiscal del Supremo, Ángeles Sánchez Conde, verbalizó su oposición a la actuación del magistrado y explicó que no participaba en el interrogatorio al fiscal general el pasado 29 de enero al considerar que hacerlo sería dar validez a la investigación.
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